martes, 10 de marzo de 2009

Proceso de evaluación de diagnóstico

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) incorpora las competencias básicas como uno de los componentes del currículo. Estas competencias básicas son el objeto de la evaluación de diagnóstico y de la evaluación general de diagnóstico en 4º de la Educación primaria y en 2º de la Educación secundaria obligatoria. El MEC y las Administraciones educativas son responsables de programar, organizar y desarrollar estas evaluaciones de diagnóstico como parte de la evaluación del sistema educativo y tienen la finalidad de contribuir a la mejora de la calidad y equidad de la educación.
La evaluación general de diagnóstico tiene carácter muestral y recoge datos significativos de los centros docentes y de las Comunidades Autónomas. El Instituto de Evaluación y los organismos correspondientes de las Administraciones educativas colaborarán en la realización de estas evaluaciones.
La evaluación de diagnóstico tiene carácter censal y recoge datos de todos y cada uno de los alumnos y alumnas y del conjunto de los centros docentes. La Administración educativa y los centros docentes colaborarán en las mismas.
http://www.educa.jccm.es/educa-jccm/cm/educa_jccm/tkContent?
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